La petición de revisión de la sentencia condenatoria ejecutoriada, la realiza con base en la
La petición de revisión de la sentencia condenatoria ejecutoriada, la realiza con base en la retroactividad de la norma más favorable, citando y transcribiendo para el efecto, los arts. 5 del Código de Procedimiento Penal (CPP) modificado por el Código Nino, Nina o Adolescente (CNNA), art. 4 del Código Penal (CP), 123, 203 de la Constitución Política del Estado (CPE), 9 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), 9 y 258 del CNNA; así como, la parte pertinente de la Sentencia Constitucional Plurinacional 1742/2013 de 21 de octubre de 2013 y del Auto Supremo 548 de 10 de octubre de 2014
- AUTO SUPREMO: 33/2016
- FECHA:Sucre, 3 de marzo de 2016
- EXPEDIENTE Nº:41/2015
- PROCESO:Revisión Extraordinaria de Sentencia
- VISTOS: El recurso de revisión extraordinaria de sentencia de fojas 25 a 27 presentado por
- Que: i) conforme su declaración informativa, en fecha 24 de noviembre de 2011, se establece
- La petición de revisión de la sentencia condenatoria ejecutoriada, la realiza con base en la
- En la misma línea, sostiene que el art
- Concluye solicitando, que se admita el recurso y se anule la Sentencia 16/2013 de 12
- Por otra parte, por memorial presentado el 16 de febrero del año en curso, subsanado
- CONSIDERANDO II: Que, de la revisión del memorial del recurso presentado y de la documental
- Cítese al señor Fiscal General para que conteste en el plazo de diez días
- Para su consideración oportuna, arrímese a sus antecedentes la prueba adjunta al memorial de fs
- Por señalado el domicilio procesal
- Sala Plena
