VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Juan Carlos Sánchez León en representación de la
Demandada : Gerencia Distrital de Grandes Contribuyentes del Servicio
de Impuestos Nacionales
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator : Dr. Antonio Guido Campero Segovia
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Juan Carlos Sánchez León en representación de la Empresa Industrias Vascal S.A. de fs. 177 y vta., contra el Auto de Vista Nº 010/2015 de 22 de julio, pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso contencioso tributario seguido por la Empresa recurrente contra la Gerencia Distrital de Grandes Contribuyentes de Cochabamba del Servicio de Impuestos Nacionales; la respuesta al recurso de fs. 180 a 182; el Auto de 12 de octubre de 2015 a fs. 183 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.Antecedentes del proceso
de Impuestos Nacionales
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator : Dr. Antonio Guido Campero Segovia
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Juan Carlos Sánchez León en representación de la Empresa Industrias Vascal S.A. de fs. 177 y vta., contra el Auto de Vista Nº 010/2015 de 22 de julio, pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso contencioso tributario seguido por la Empresa recurrente contra la Gerencia Distrital de Grandes Contribuyentes de Cochabamba del Servicio de Impuestos Nacionales; la respuesta al recurso de fs. 180 a 182; el Auto de 12 de octubre de 2015 a fs. 183 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.Antecedentes del proceso
- Demandante: Industrial Vascal S.A
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Juan Carlos Sánchez León en representación de la
- I. 1 Sentencia
- Tramitado el proceso contencioso tributario, la Juez Primero de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario
- Interpuesto el recurso de apelación por la empresa demandante de fs
- De la revisión del recurso de casación en el fondo, se extrae como motivos del
- b)El Código de Procedimiento Civil (CPC) establece: art
- Petitorio
- La Empresa demandante, pidió al Tribunal Supremo case el Auto de Vista recurrido
- Que, así expuesto el recurso de casación, del análisis, lectura y antecedentes, se
- En la especie, el recurrente, si bien dice interponer su recurso de casación en el
- Más aún, lo referido por la empresa recurrente en el presente recurso de casación, respecto
- Concluyéndose que, técnica y jurídicamente no hay recurso de casación, cuando se plantea uno en
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Firmado
