2) Reclama con relación a la notificación con la Resolución 12/2015 de 6 de marzo,
2) Reclama con relación a la notificación con la Resolución 12/2015 de 6 de marzo, arguyendo que el fundamento es conciso ante el evidente incumplimiento y que el Tribunal Ad quo habría justificado dicho incumplimiento en merito a la última parte del art. 160 del CPP, sin considerar lo señalado por el “Art. 163 inc. 2), segundo y tercer párrafo del C.P.P.” (sic) vulnerando el derecho a recurrir de nuestra personas establecido en el art. 394 del CPP
- Del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Reclama con relación a la notificación con la Resolución 12/2015 de 6 de marzo,
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se establece que el 30 de noviembre de 2015 (fs
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos, se tiene
- Sobre el tercer motivo, respecto a que, el Tribunal de alzada habría señalado (que
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
