Auto Supremo AS/0206/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0206/2016-RA

Fecha: 21-Mar-2016

En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos, se tiene


En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos, se tiene:

Respecto al primer y segundo motivo, referidos a que el Tribunal Ad quem con relación al incidente de actividad procesal defectuosa, habría rechazado sin una adecuada fundamentación; y que el fundamento es conciso sobre la notificación con la Resolución 12/2015 de 6 de marzo; al respecto indicar que, el recurso de casación no se encuentra diseñado para realizar el control de legalidad sobre aspectos incidentales, mismos que son resueltos sin recurso ulterior mediante apelación incidental conforme ha establecido la amplia línea jurisprudencial de este Tribunal, entre ellas, el AS 30/2014-RA de 20 de febrero; además, por pedagogía debe aclarase que en el primer motivo se citaron Sentencias Constitucionales las cuales no pueden ser considerados precedentes validos en casación, pues únicamente constituyen precedentes los Autos de Vista pronunciados por los Tribunales Departamentales de Justicia o de las salas penales de este Tribunal Supremo de Justicia; y en el segundo motivo, ni siquiera se citó ningún precedente, en consecuencia, los motivos devienen en inadmisibles