El art
3) Acusa que la Sentencia se basó en hechos no acreditados y la valoración defectuosa de la prueba, previsto por el art. 370 inc. 6) del CPP, puntualizando que tomó a María Antonieta Ursula Zurita Cardón, como cómplice del supuesto delito de Estafa, determinando como hecho probado que el número de Celular “71245026” le pertenecía a la misma, sin contar con ningún elemento de prueba (Certificación de alguna empresa que brinde la información) y que el Tribunal de alzada habría señalado que dicho convencimiento se obtiene de las testificales producidas en juicio, que dicha fundamentación a decir del recurrente vulnera las reglas de la sana crítica, la experiencia y la razón, prevista por el art. 359 del CPP; por cuanto, los testigos no podrían acreditar el número de teléfono de un propietario y para lo cual se remite a las Sentencias Constitucionales 1480/2005-R, 1683/2005-R y 1668/2004-R.
III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP
- Del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Reclama con relación a la notificación con la Resolución 12/2015 de 6 de marzo,
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se establece que el 30 de noviembre de 2015 (fs
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos, se tiene
- Sobre el tercer motivo, respecto a que, el Tribunal de alzada habría señalado (que
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
