4) Finalmente, reclama que el Auto de Vista impugnado ha confirmado la carencia de fundamentación,
4) Finalmente, reclama que el Auto de Vista impugnado ha confirmado la carencia de fundamentación, exigida por el art. 124 del CPP, que simplemente hizo una relación de las partes que conviene al Tribunal para fallar en su contra, haciendo una especie de “colasch”, sin mencionar cuál el valor que se les asigna a cada una de las pruebas documentales que han sido introducidas en juicio, tal cual habría demostrado en apelación restringida. Criterios que estarían vulnerando derechos y garantías constitucionales como el debido proceso, previsto por los arts. 115.II y 180.I de la CPE y expresadas por la jurisprudencia constitucional, las Sentencias Constitucionales 841/2011-R de 6 de junio y 871/2010-R del 10 agosto. Y concluye en sus argumentos transcribiendo partes del recurso de apelación restringida
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Acusa que no se señaló el acta de sorteo de Jueces ciudadanos y la
- 3) Denuncia que el Tribunal de alzada no ha considerado la valoración de las pruebas
- 4) Finalmente, reclama que el Auto de Vista impugnado ha confirmado la carencia de fundamentación,
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
