Del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado interpuso recurso de apelación restringida (fs. 492 a 504 vta.), resuelto por el Auto de Vista 83/2015 de 12 de noviembre, (fs. 630 a 631 vta.), pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró improcedente el citado recurso y confirmó la Sentencia apelada.
c) El 17 de diciembre de 2015 (fs. 632), fue notificado el recurrente con el referido Auto de Vista y el 28 del mismo mes y año, interpuso recurso de casación.
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
1) El recurrente denuncia que el Tribunal de alzada habría confirmado la Sentencia apartándose de sus fundamentos y de la existencia de defectos absolutos no susceptibles de convalidación y de defectos de Sentencia; en sus argumentos transcribió parte de su recurso de apelación restringida referidas al reclamo vía incidental sobre la introducción de pruebas a juicio y que el Auto de Vista recurrido habría señalado que este proceso se realizó en audiencia conclusiva en los que se saneo todos los errores de la acusación y algún incidente sobre las pruebas en las que fueron considerados en su oportunidad mediante Resolución 428/2014 de 24 de septiembre, dictado por el Juzgado Segundo de Instrucción en lo Penal y que su fundamento no cobra relevancia. Extremos que a decir de recurrente no condicen con la Sentencia Constitucional 866/2002 de 22 de julio
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Acusa que no se señaló el acta de sorteo de Jueces ciudadanos y la
- 3) Denuncia que el Tribunal de alzada no ha considerado la valoración de las pruebas
- 4) Finalmente, reclama que el Auto de Vista impugnado ha confirmado la carencia de fundamentación,
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
