La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación de fs. 181 a 183 interpuesto por Luis Bacigalupo Velarde mediante su apoderado Luis Fernando Galindo Hurtado, contra el Auto de Vista signado con Resolución Nº 09/2016 de 14 de enero de 2016
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación de fs. 181 a 183 interpuesto por Luis Bacigalupo Velarde mediante su apoderado Luis Fernando Galindo Hurtado, contra el Auto de Vista signado con Resolución Nº 09/2016 de 14 de enero de 2016
- Partes: Hernán Víctor Añez Velarde c/ Luis Bacigalupo Velarde
- Proceso: Nulidad de sociedad
- Distrito: Beni
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Sentencia que fue recurrida de apelación por el ahora recurrente, sobre la cual se emite
- II. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Conforme a lo previsto en el art
- Emitido el Auto de Vista de fs
- Cita el art
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir resolución en la forma prevista por el
- La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Debiendo proseguirse con el trámite de los recursos, conforme a ley
- Regístrese, hágase saber.
