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    Auto Supremo AS/0255/2016-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0255/2016-RA

    Fecha: 21-Mar-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 27 de enero de 2016, cursantes de fs
    • De la revisión de los antecedentes remitidos en casación, se establece lo siguiente
    • b) Contra la mencionada Sentencia, María Luisa Padilla Villalobos de Vargas interpuso recurso de apelación
    • c) Por diligencia de 19 de enero de 2016 (fs
    • De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
    • También tilda de falsa la afirmación contenida en el Auto de Vista, sobre que no
    • El art
    • Dentro de ese mismo contexto, el art
    • i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
    • También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
    • Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
    • En el caso de autos, se constata que la recurrente cumplió con el primer requisito
    • Con relación al requisito para considerar el fondo del recurso, la recurrente argumenta que el
    • No obstante lo señalado, existiendo una denuncia sobre la posible vulneración de los derechos al
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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