Auto Supremo AS/0262/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0262/2016-RA

Fecha: 21-Mar-2016

Del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos


II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

Del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:

1) La recurrente denuncia la errónea aplicación de la ley sustantiva penal, previsto en el art. 370 inc. 1) del Código de Procedimiento Penal (CPP), argumentando que habiendo denunciado al imputado por los delitos de Falsedad Material y Falsedad Ideológica, el Tribunal de juicio refirió que no se demostró, que el acusado haya causado perjuicio y tenido la intención de obtener un beneficio económico indebido, respecto a los cual el Tribunal de alzada habría referido que, si bien el perjuicio no es un elemento de los tipos penales denunciados, llega a ser el fin de este tipo de delitos, aceptando que el perjuicio material como elemento constitutivo de los tipos penales no son un elemento específico del mismo y olvidando que en materia penal está prohibida toda forma de analogía, en resguardo del principio de seguridad jurídica y para evitar la arbitrariedad del juzgador.

2) Sobre la insuficiente fundamentación de la Sentencia, prevista en el art. 370 inc. 5) del CPP, el Tribunal de alzada señaló, que ninguna de las pruebas habrían sido ignoradas, “…mismas que al encontrarse dentro de la Sentencia no se asemeja a dicha afirmación…”; sin embargo, constituye una simple relación genérica de las pruebas presentadas por la parte acusadora (judicializadas en juicio), que no generan certeza respecto al valor que el Tribunal le hubiese otorgado, por lo que se puede confundir su simple enunciación con lo que es una verdadera fundamentación la cual hace al debido proceso. Además, los Jueces de instancia no señalaron por qué no les genera convicción un determinado elemento de prueba con una fundamentación congruente, tal cual obligan los arts. 124 y 173 del CPP