De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I.ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Por Sentencia 34/2014 de 17 de diciembre (fs. 205 a 210), el Juez Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró al imputado Gregorio Huanca Kilca, autor del delito de Apropiación Indebida, previsto y sancionado por el art. 345 del CP, imponiéndole la pena de tres años de reclusión, con costas y daños a calificarse en ejecución de Sentencia.
b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado (fs. 212 a 215 vta.) interpuso recurso de apelación restringida que fue resuelto por Auto de Vista 91/2015 de 03 de diciembre, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal de Justicia de La Paz, que resolvió admitir el recurso planteado declarando improcedentes las cuestiones formuladas y confirmó la Sentencia impugnada
- Por memorial presentado el 28 de diciembre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Al respecto invoca como precedente contradictorio los Autos Supremos 329 de 29 de agosto de
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Conforme a lo normado en el art
- Con relación a las denuncias referidas a la concurrencia de defectos de la Sentencia, como
- Al respecto, se debe tener en cuenta que el imputado al tiempo de interponer su
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
