Auto Supremo AS/0049/2016-A
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0049/2016-A

Fecha: 05-Abr-2016

Que por disposición expresa de la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015,

Que por disposición expresa de la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, el Código Procesal Civil (NCPC), Ley Nº 439, entró en vigencia plena a partir del 6 de febrero de 2016 y en su Disposición Abrogatoria Segunda, este Código dispuso la Abrogatoria del CPC. A lo manifestado se suma lo previsto en la Disposición Transitoria Sexta del mismo cuerpo legal que dispone: “Al momento de la vigencia plena del Código Procesal Civil, en los procesos en trámite (…) en casación, se aplicará lo dispuesto en el presente Código”