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    Auto Supremo AS/0049/2016-A
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0049/2016-A

    Fecha: 05-Abr-2016

    Regístrese, notifíquese y cúmplase

    Regístrese, notifíquese y cúmplase
    • Que el principio de supletoriedad previsto en el art
    • Que el referido art
    • Que por disposición expresa de la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015,
    • Que en mérito a lo analizado y lo previsto en el art
    • Que la Casación o Nulidad es el medio jurídico mediante el cual se puede impugnar
    • Que en virtud de lo explicado se asume que a tiempo de redactar un recurso
    • Que en el caso concreto, se asume que el recurso de casación en el fondo,
    • Que el referido escrito, fue presentado dentro el término previsto por Ley, la recurrente acreditó
    • Que respecto a su petitorio, la recurrente pide que este Tribunal disponga la casación del
    • Que con estos fundamentos corresponde considerar el referido recurso de casación en el fondo
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
    • Regístrese, notifíquese y cúmplase
    • Firmado

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