POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, y la disposición del 277.I del Nuevo Código Procesal Civil; ADMITE los recursos de casación interpuestos por la Empresa Constructora “INCOTAR SRL.”, representada legalmente por Félix Zubieta Mercado, cursante de fs. 122 a 123 y; por María Daysi Aparicio Urdininea en representación legal de Jaime Bejarano Trigo, cursante a fs. 130 de actuados
- VISTOS: Los recursos de casación, el Primero interpuesto por la Empresa Constructora “INCOTAR SRL
- Que, en la materia se tiene como norma específica al Código Procesal del Trabajo,
- CONSIDERANDO II
- Que, el recurso de casación, interpuesto por María Daysi Aparicio Urdininea en representación legal de
- Por consiguiente, cumplidos los requisitos establecidos para la admisibilidad de los recursos planteados, procédase a
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Firmado
