Por memorial presentado el 21 de julio de 2015, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 300/2016-RRC
Sucre, 21 de abril de 2016
Expediente: Santa Cruz 83/2015
Parte Acusadora: Juan Carlos Ortuño Salinas
Parte Imputada: José Antonio Llanos Castellón y otra
Delitos: Despojo y otros
Magistrada Relatora: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 21 de julio de 2015, cursante de fs. 352 a 355 vta. José Antonio Llanos Castellón, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 29 de 17 de abril de 2015 (fs. 323 a 326 vta.), pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por Juan Carlos Ortuño Salinas en representación de Julio César Ortuño Ortuño contra el recurrente y Danelia Oliva Melgar, por la presunta comisión de los delitos de Despojo, Perturbación de Posesión y Usurpación Agravada, previstos y sancionados por los arts. 351, 353 y 355 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 300/2016-RRC
Sucre, 21 de abril de 2016
Expediente: Santa Cruz 83/2015
Parte Acusadora: Juan Carlos Ortuño Salinas
Parte Imputada: José Antonio Llanos Castellón y otra
Delitos: Despojo y otros
Magistrada Relatora: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 21 de julio de 2015, cursante de fs. 352 a 355 vta. José Antonio Llanos Castellón, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 29 de 17 de abril de 2015 (fs. 323 a 326 vta.), pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por Juan Carlos Ortuño Salinas en representación de Julio César Ortuño Ortuño contra el recurrente y Danelia Oliva Melgar, por la presunta comisión de los delitos de Despojo, Perturbación de Posesión y Usurpación Agravada, previstos y sancionados por los arts. 351, 353 y 355 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 21 de julio de 2015, cursante de fs
- b) Contra la mencionada la Sentencia, el imputado José Antonio Llanos Castellón (fs
- Del recurso de casación y el Auto Supremo 697/2015-RA de 30 de noviembre, cursante de
- Por otro lado, manifiesta que el Tribunal de alzada no consideró sus denuncias formuladas en
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita: “que se admita el presente recurso de Casación y se declare fundamentado,
- I.2. Admisión de los recursos
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de análisis
- En juicio oral constituido en audiencia pública con la finalidad de realizar la inspección judicial
- El Juez Cuarto de Sentencia en lo Penal de Santa Cruz de la Sierra, en
- Contra la mencionada Sentencia, la parte imputada José Antonio Llanos Castellón formula recurso de apelación
- II.4.Del Auto de Vista impugnado
- La apelación restringida fue resuelta por el Auto de Vista 29 de 17 de abril
- En el caso presente, la parte imputada recurre de casación denunciando que el Tribunal de
- A objeto de resolver problema jurídico planteado, conviene recordar las garantías constitucionales durante la actividad
- Con referencia, a las pruebas audiovisuales y legalidad, el art
- Los objetos y otros elementos de convicción secuestrados serán exhibidos para su reconocimiento por testigos,
- Las grabaciones y elementos de convicción de prueba audiovisuales serán reproducidos en la forma habitual
- Se podrán efectuar careos, reconstrucciones, inspecciones judiciales y el reconocimiento del imputado”
- En ese sentido, a efectos de establecer si la introducción al juicio oral de la
- Podrán utilizarse otros medios además de los previstos en este Libro
- Un medio de prueba será admitido si se refiere, directa o indirectamente, al objeto de
- La normativa glosada permite la libertad probatoria; es decir, el Juez o Tribunal de Sentencia
- Tampoco tendrán eficacia probatoria los medios de prueba incorporados al proceso sin observar las formalidades
- Lo anteriormente dicho, señala de manera clara los instrumentos y limitantes que el sistema procesal
- Dentro de este marco, este Tribunal Supremo de Justicia, a través del Auto Supremo 14/2013
- Aquella garantía procesal, delimita un contrapeso y escudo de protección para con el imputado, pues
- De igual manera el art
- De igual forma, es pertinente precisar que en la actividad probatoria, puede existir error de
- III.2. Análisis del caso concreto
- Determinación judicial, que ameritó la interposición del recurso de apelación restringida, por parte del imputado,
- Ahora bien, efectuadas las precisiones anteriores, con relación a la denuncia de que la Sentencia
- Que en la etapa preparatoria las partes directamente controlan las actividades de la investigación, cuando
- Asimismo, se advierte que, el Tribunal de alzada si ha ejercido el control correspondiente, al
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
