Corresponde señalar que el origen que ha dado lugar a esta fase de impugnación en
Corresponde señalar que el origen que ha dado lugar a esta fase de impugnación en el presente proceso, es el Auto Definitivo N° 12C/2015 (fs. 164 a 166) que resuelve un incidente, en base al mismo el Juez anula obrados hasta la admisión de la demanda, fallo que fue recurrido de apelación mereciendo el Auto de Vista de fs. 215 a 216, que a su vez fue recurrido de casación; toda esta fase de impugnación analizada se genera en “ejecución de sentencia”, cuya Sentencia se encuentra en fs. 73 a 74 y vta., cuyo Auto de ejecutoría se encuentra en fs. 80 vta
- Partes: Ricardo Huarachi Condori y otra c/ Roxana López Santos y otros
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- El Auto Definitivo Nº 12C/2015, fue objeto de impugnación Banco Pyme Ecofuturo S
- II.1.- Del plazo de presentación y de la resolución recurrible
- Corresponde señalar que el origen que ha dado lugar a esta fase de impugnación en
- Sobre el caso analizado, con similar contenido este Tribunal ha emitido los Autos Supremos N°
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
