La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación de fs. 232 a 234 vta., formulado por Jesús Menacho Rivero, contra el Auto de Vista Nº 31/2016 de 03 de febrero de 2016
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación de fs. 232 a 234 vta., formulado por Jesús Menacho Rivero, contra el Auto de Vista Nº 31/2016 de 03 de febrero de 2016
- Partes: Jesús Menacho Rivero c/ Ysela Claudia Chambi Ovale
- Proceso: Reivindicación y otros
- Distrito: Beni
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Fallo de primera instancia que es recurrido de apelación por ambas partes, en consideración a
- II. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Conforme a lo previsto en el art
- Emitido el Auto de Vista de fs
- La aplicación de la ley en el tiempo es un aspecto que genera debate respecto
- En el recurso se identifica la resolución impugnada, asimismo se hace constar que una vez
- De acuerdo al detalle descrito se evidencia que el recurrente ha dado cumplimiento a lo
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir resolución en la forma prevista por el
- La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Debiendo proseguirse con el trámite de los recursos, conforme a ley
- Regístrese, hágase saber.
