VISTOS: El recurso de casación de fs
VISTOS: El recurso de casación de fs. 232 a 234 vta., formulado por Jesús Menacho Rivero, contra el Auto de Vista Nº 31/2016 de 03 de febrero de 2016 cursante de fs. 217 a 219, pronunciado por la Sala Civil Mixta de Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica Pública del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, en el proceso de nulidad de reivindicación y otros seguido por el recurrente en contra de Yselda Claudia Chambi Ovale, la concesión de fs. 240; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
En base a la demanda de reivindicación y otros de fs. 6 a 7 vta., se inicia el proceso que es contestado y reconvenido por la demandada en escrito de fs. 111 a 114, luego de ello se genera declinatoria de competencia por razón de cuantía, y una vez remitido el proceso ante el Juez de Partido el mismo desarrolla el proceso hasta pronunciarse la Sentencia de fs. 189 a 193, que declara improbada la demanda principal y probada en parte la demanda reconvencional de usucapión decenal y acción negatoria respecto a 40 mts2., (10 de frente y 4 de fondo) debiendo mantenerse firme la matrícula que corresponde a la demandada
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
En base a la demanda de reivindicación y otros de fs. 6 a 7 vta., se inicia el proceso que es contestado y reconvenido por la demandada en escrito de fs. 111 a 114, luego de ello se genera declinatoria de competencia por razón de cuantía, y una vez remitido el proceso ante el Juez de Partido el mismo desarrolla el proceso hasta pronunciarse la Sentencia de fs. 189 a 193, que declara improbada la demanda principal y probada en parte la demanda reconvencional de usucapión decenal y acción negatoria respecto a 40 mts2., (10 de frente y 4 de fondo) debiendo mantenerse firme la matrícula que corresponde a la demandada
- Partes: Jesús Menacho Rivero c/ Ysela Claudia Chambi Ovale
- Proceso: Reivindicación y otros
- Distrito: Beni
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Fallo de primera instancia que es recurrido de apelación por ambas partes, en consideración a
- II. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Conforme a lo previsto en el art
- Emitido el Auto de Vista de fs
- La aplicación de la ley en el tiempo es un aspecto que genera debate respecto
- En el recurso se identifica la resolución impugnada, asimismo se hace constar que una vez
- De acuerdo al detalle descrito se evidencia que el recurrente ha dado cumplimiento a lo
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir resolución en la forma prevista por el
- La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Debiendo proseguirse con el trámite de los recursos, conforme a ley
- Regístrese, hágase saber.
