Lo anotado, demuestra la importancia que tiene el cumplimiento de los requisitos previstos en el
Lo anotado, demuestra la importancia que tiene el cumplimiento de los requisitos previstos en el art. 274.I. num. 3) del Código Procesal Civil), relativas a expresar con claridad y precisión la Ley o leyes infringidas, violadas o aplicadas indebida o erróneamente interpretadas, especificando en qué consiste la infracción, la violación, falsedad o error ya se trate de recurso de casación en el fondo, en el forma o en ambos, no siendo por ello suficiente que se cuestione los alcances de lo normado por el art. 1545 del Código Civil, que a su criterio distorsionaría la garantía que ofrece la publicidad, y se transcriban Autos Supremos, sin siquiera citar disposición legal alguna como infringida, extremo que demuestra la impericia al plantear el recurso de casación
- José Carlos y
- Proceso: Ordinario sobre derecho preferente
- Distrito: Oruro
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Resolución de primera instancia que al ser apelada por la demandante, fue resuelto por Auto
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- En consideración a los requisitos en análisis, corresponde hacer referencia al recurso interpuesto
- Por otro lado, haciendo referencia, como “considerando III-B) fs
- Con ese argumento finaliza señalando que, el Tribunal Supremo, determinará de acuerdo a derecho, rescatando
- II 3
- La exigencia descrita precedentemente obedece, a la tesis de que el recurso de casación es
- Exigencia que tiene estrecha relación con la identificación de los recursos sea en el fondo
- III.- Análisis del recurso de casación
- Por ello, la recurrente debió explicar, desde el punto de vista causal, cómo esos hechos
- En el marco de la inteligencia de la normativa legal citada, mal podría este Tribunal
- Lo anotado, demuestra la importancia que tiene el cumplimiento de los requisitos previstos en el
- Finalmente, la recurrente de forma por demás incongruente e imprecisa a la conclusión de su
- Por lo que se deduce que la recurrente no ha cumplido con el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Sin costas ni costos por no existir contestación
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
