En este entendido este Supremo Tribunal de Justicia a través de sus diversos fallos, entre
En este entendido este Supremo Tribunal de Justicia a través de sus diversos fallos, entre ellos el Auto supremo N° 1141/2015 – L ha orientado: “…corresponde señalar que si bien el art. 1453 del Código Civil, refiere que la acción reivindicatoria está dirigida para el propietario que ha perdido la posesión de la cosa pudiendo reivindicarla de quien la detenta o la posea, es decir que uno de los requisitos indispensable para hacer viable dicha acción es quien la interponga acredite su derecho propietario, el cual le permite usar gozar y disponer, conforme lo establece el art. 105 de la norma ya citada, de esta manera el derecho propietario confiere al titular la posesión civil o jus possidendi y la natural o jus posseionem, pudiendo esta última ser o no ejercida por su propietario
- Partes: Pablo Montalván Viveros y otra. c/ Jaiddy Farel Paniagua
- II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Por lo que solicita al Tribunal Supremo de Justicia que en su sala respectiva
- III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Al respecto Arturo Alessandri R
- En este entendido este Supremo Tribunal de Justicia a través de sus diversos fallos, entre
- Bajo este razonamiento, es que en varios Autos Supremos, se estableció que no resulta necesario
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Al respecto corresponde señalar que como se fundamentó en la doctrina Aplicable al caso, la
- Por otra parte, si bien la recurrente señala que su posesión habría sido reconocida por
- Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
