Que se habría violado los arts
Que existiría violación al art. 130 del Código de Familia y art. 1 del Código de Procedimiento Civil ya que pretenden justificar el fallo de la juez A quo el tribunal de alzada no emitió ninguna consideración y menos tomo en cuenta la demanda de divorcio planteada al mismo demandante por la causal primera del art. 130 del código de familia cuya demanda ha sido acumulada al presente proceso de divorcio, actitud que habría ingresado a la denegación de justicia.
Que se habría violado los arts. 14 y 21 del Código de Familia respecto a la fijación de la asistencia familiar ya que se habría demostrado el ingreso económico del demandante y contrariamente en su calidad de recurrente no tendría trabajo alguno siempre que en toda la vida del matrimonio habría atendido a los servicios del hogar al demandante- demandado y a sus hijos y eso le habría generaron consecuencia de enfermedad
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Que todo lo afirmado por el Ad quem que señalo que la presentación de
- Que se habría violado los arts
- De las Respuestas al Recurso de Casación
- De la ley como limite al derecho de impugnación
- Del Código de las Familias y del Proceso Familiar y su Vigencia Anticipada
- Por otra parte, el art
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Por lo manifestado, corresponde emitir fallo conforme a lo previsto en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
