Que, los fundamentos de la sentencia son contradictorios ya que “el juzgador estableció que
I.2 Motivos del Recurso de Casación
Notificada con el precitado Auto de Vista, EMBECA SRL., formula recurso de casación en el fondo mediante memorial cursante de fs. 845 a 846, en el que expone lo siguiente:
Que, los fundamentos de la sentencia son contradictorios ya que “el juzgador estableció que la pretensión de los actores con relación a las fechas de ingreso fueron desvirtuadas aspecto no es evidente” (sic) y que en el Auto de Vista se tiene rectificado solo el tiempo de servicios de Félix Balderrama
Notificada con el precitado Auto de Vista, EMBECA SRL., formula recurso de casación en el fondo mediante memorial cursante de fs. 845 a 846, en el que expone lo siguiente:
Que, los fundamentos de la sentencia son contradictorios ya que “el juzgador estableció que la pretensión de los actores con relación a las fechas de ingreso fueron desvirtuadas aspecto no es evidente” (sic) y que en el Auto de Vista se tiene rectificado solo el tiempo de servicios de Félix Balderrama
- Demandado: Empresa Embeca S.R.L
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo (fs
- Contra la mencionada resolución, EMBECA SRL
- Que, los fundamentos de la sentencia son contradictorios ya que “el juzgador estableció que
- Señala que, con relación a las causas de extinción de la relación laboral, el Tribunal
- Finalmente, expresa que el Auto de Vista efectuó cálculo ilegal para el pago de
- Los actores, legalmente representados por Ivon Martha Morales de Ortega, con memorial de fs
- Que tanto el juez de instancia como el Tribunal de Alzada de manera clara determinaron
- Antes de ingresar al análisis de los requisitos de admisibilidad, es necesario referir que el
- Corresponde verificar si se cumplieron en su formulación los requisitos establecidos en el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
