Señalando como jurisprudencia la Sentencia Nº 98/2012 de 5 de abril, emitida por Sala Plena
Señalando como jurisprudencia la Sentencia Nº 98/2012 de 5 de abril, emitida por Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia
- Demandante
- Pronunciada en el proceso contencioso administrativo, en merito
- Dentro del trámite de nulidad, el Servicio Nacional de Propiedad Intelectual a través de su
- Ante el recurso de revocatoria interpuesto por Oscar Román Cuba Arroyo representante de BREAD KING
- Interpuesto el recurso jerárquico por el representante de la Compañía Industrial Comercial Bolivia Ltda
- El 24 de abril de 2015, la Compañía Industrial Comercial Bolivia Ltda
- Que el Servicio Nacional de Propiedad Intelectual tuteló un derecho no consagrado, al fallar en
- Que la empresa referida adjunto impresión de mail que establecía ser la proveedora de la
- Señalando como jurisprudencia la Sentencia Nº 98/2012 de 5 de abril, emitida por Sala Plena
- Finalmente solicitó declarar probada la demanda, revocando el acto administrativo impugnado, dejando sin efecto la
- Que admitida la demanda mediante providencia de 18 de mayo de 2015, es corrida en
- Que en cuanto a la solicitud de interpretación prejudicial aclaró que resulta facultativo en la
- Por lo expuesto, solicitó se dicte sentencia rechazando la demanda planteada y confirmando la Resolución
- En la réplica y dúplica formuladas por las partes se reiteraron los argumentos anteriores
- En merito a los arts
- Arts. 136.b) y 172 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina
- Se adjuntan los siguientes actuados procesales, para la consideración análisis y resolución de la interpretación
- Resolución Administrativa Nº DPI/OPO/REV-Nº 116/2014 de 23 de abril
- Resolución Administrativa Nº DGE/NUL/J-0307/2014 de 12 de septiembre
- Demanda contenciosa administrativa interpuesta por la Compañía Industrial Comercial Bolivia Ltda
- Decreto de admisión de demanda de 18 de mayo de 2015
- Respuesta presentada por Jhilda Gabriela Murillo Zarate, Directora General Ejecutiva y representante legal del Servicio
- Réplica y Dúplica
- Decreto de Autos para Sentencia de 25 de febrero de 2016
- Providencia de 4 de mayo de 2016, suspendiendo la tramitación del proceso hasta que se
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
