Auto Supremo AS/0396/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0396/2016-RA

Fecha: 24-May-2016

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a la acusación pública (fs. 10 a 12), una vez desarrollada la audiencia de juicio oral, por Sentencia 49/2015 de 27 de noviembre (fs. 111 a 114), el Tribunal Segundo de Sentencia de Yacuiba del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró al imputado Líder Cayo, autor de la comisión del delito de Estupro, tipificado y sancionado por el art. 309 del CP, imponiéndole la pena privativa de libertad de seis años de presidio, con costas a favor del Estado y la víctima a calificarse en ejecución de sentencia.

b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Líder Cayo, formuló recurso de apelación restringida (fs. 130 a 134 vta.), resuelto por Auto de Vista 15/2016 de 18 de febrero (fs. 144 a 146 vta.); pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, que declaró sin lugar el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada