Auto Supremo AS/0396/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0396/2016-RA

Fecha: 24-May-2016

En cuanto a los demás requisitos de admisibilidad, sobre el análisis del único motivo, denuncia


V. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

En el presente caso, se establece que el 14 de marzo de 2016 el recurrente fue notificado con el Auto de Vista impugnado y el 21 del mismo mes y año, formuló el presente recurso de casación; es decir, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes a su legal notificación, cumpliendo el requisito temporal previsto por el art. 417 del CPP.

En cuanto a los demás requisitos de admisibilidad, sobre el análisis del único motivo, denuncia que por parte del Tribunal de alzada no mereció ningún pronunciamiento el segundo motivo de su apelación restringida, en el que reclamó la defectuosa valoración de prueba testifical de cargo; agravio sobre el cual invoca, como precedente contradictorio el Auto de Vista 04/2012 de 23 de mayo expediente 6001199201203883; sin embargo, el recurrente olvida que tenía la carga procesal de señalar que el mencionado Auto de Vista no fue objeto de casación y si lo fue y que éste no haya sido dejado sin efecto, para que se constituya doctrina legal aplicable, en el caso de autos el recurrente se limitó a invocar refiriendo que el Auto de Vista impugnado entró en contradicción con el citado precedente, omisión que no puede ser suplida por este Tribunal y que imposibilita ingresar al análisis de fondo del presente motivo, pues se reitera que de acuerdo al sistema de recursos previsto por la Norma Adjetiva Procesal Penal, la finalidad esencial del recurso de casación es uniformar la jurisprudencia, de ahí la exigencia legal de invocar el precedente contradictorio y explicar en los términos señalados