En consecuencia, al no haberse cumplido con todos los requisitos de admisibilidad, conforme lo prescrito
En consecuencia, al no haberse cumplido con todos los requisitos de admisibilidad, conforme lo prescrito por los arts. 416 del CPP, presupuesto que hace viable el análisis de fondo del recurso de casación que en el presente caso no fueron cumplidos por el recurrente, correspondiendo en consecuencia, declarar la inadmisibilidad del recurso de casación, deviniendo en inadmisible
- Por memorial presentado el 21 de marzo de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial de fs. 168 a 170, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En cuanto a los demás requisitos de admisibilidad, sobre el análisis del único motivo, denuncia
- En consecuencia, al no haberse cumplido con todos los requisitos de admisibilidad, conforme lo prescrito
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
