De la revisión del recurso que cursa de fs
De la revisión del recurso que cursa de fs. 496 a 497, formulado por Nicanor Mendieta Puma, se desprende que refiere, si bien el Auto de Vista se fundaría en la normativa vigente, sin embargo no guardaría relación con los principios señalados en el art. 3 num. 6) y 7) de la Ley No. 025 del Órgano Judicial, como ser, el principio de idoneidad y celeridad, asimismo denuncia la vulneración de las garantías constitucionales, que tendría toda persona al derecho a la igualdad tal cual versaría en su art. 14.I, solicitando se anule el Auto de Vista, confirme la Sentencia y resuelva la excepción de falta de acción y derecho
- Partes: Damaso Paredez Huarayo c/ Nicanor Mendieta Puma, Henry y Nancy Mendieta Flores
- Proceso: Ordinario sobre reivindicación
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido de los recursos de casación en el orden siguiente
- De la revisión del recurso que cursa de fs
- Del recurso de fs
- Por otro lado, del recurso de fs
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
