Por lo que corresponde emitir Resolución en la forma prevista por los arts
Que, conforme a lo establecido en el art. 277 de la Ley 439 refiere, que el Tribunal Supremo de Justicia examinará si se cumplieron los requisitos previstos por el art. 274.II num. 2) de la misma norma legal, verificado dicho extremo, se establece que el Auto de Vista no es una Resolución que pueda ser recurrida de casación.
Por lo que corresponde emitir Resolución en la forma prevista por los arts. 220.I num. 3) y 277.I del Código Procesal Civil
Por lo que corresponde emitir Resolución en la forma prevista por los arts. 220.I num. 3) y 277.I del Código Procesal Civil
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- II.1.- Del plazo de presentación y de la Resolución recurrible
- II.2.- Análisis del contenido del recurso de casación
- En este entendido, se tiene que conforme al nuevo Código de las Familias y del
- Siendo evidente que el Tribunal Ad quem, al haber éste concedido el recurso de casación
- Por lo que corresponde emitir Resolución en la forma prevista por los arts
- POR TANTO La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Devuélvase, regístrese, y notifíquese.
