De la revisión del recuro de casación de fs
De la revisión del recuro de casación de fs. 183 a 189, se desprende que, los recurrentes describen una breve relación de los hechos, el contenido del Auto de Vista, cuestionando que el Tribunal Alzada al momento de pronunciar el Auto de Vista incurrió en interpretación errónea o aplicación indebida de la Ley, acusando infracción de normas de orden sustantivo, peticionando porque se case el Auto de Vista recurrido solo en lo concerniente a los daños y perjuicios, deduciéndose que los recurrentes cumplen con la exigencia establecida en el art 274.I núm. 3) del Código Procesal Civil, norma que resulta ser similar conforme al art. 258 núm. 2) del Código de Procedimiento Civil, con la que fue planteado el recurso de casación
- Distrito: La Paz
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Conforme a lo previsto en el art
- Emitido el Auto de Vista Nº 384/2015 de fecha 16 de octubre de 2015, de
- Del recurso de casación de Juan Pablo Uberhuaga (demandado)
- Del recurso de casación de Juan Álvaro Vásquez Orozco y Wendoline Magda Morales Morales (demandantes)
- De la revisión del recuro de casación de fs
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir resolución en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso, conforme a ley
- Regístrese, hágase saber.
