Del recurso de casación de Juan Álvaro Vásquez Orozco y Wendoline Magda Morales Morales (demandantes)
De la revisión del recurso de casación de fs. 180 a 181 vta., se desprende que, el recurrente describe una breve relación de los hechos de la demanda, el contenido del Auto de Vista, cuestionando que el Auto de Vista impugnado ha sido pronunciado violando el principio de pertinencia comprendido en el art. 236 del Código de Procedimiento Civil que manda que el Tribunal de apelación debe circunscribirse a los puntos resueltos por el inferior y que hubieran sido objeto de apelación; asimismo refiere la violación flagrante de los arts. 190, 192 num. 2) y 3) del Código de Procedimiento Civil.
Del recurso de casación de Juan Álvaro Vásquez Orozco y Wendoline Magda Morales Morales (demandantes)
Del recurso de casación de Juan Álvaro Vásquez Orozco y Wendoline Magda Morales Morales (demandantes)
- Distrito: La Paz
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Conforme a lo previsto en el art
- Emitido el Auto de Vista Nº 384/2015 de fecha 16 de octubre de 2015, de
- Del recurso de casación de Juan Pablo Uberhuaga (demandado)
- Del recurso de casación de Juan Álvaro Vásquez Orozco y Wendoline Magda Morales Morales (demandantes)
- De la revisión del recuro de casación de fs
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir resolución en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso, conforme a ley
- Regístrese, hágase saber.
