Deducidos el recurso de apelación por los demandantes y remitida la misma ante la instancia
Deducidos el recurso de apelación por los demandantes y remitida la misma ante la instancia competente, la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista Nº 448/2014, confirmo la Sentencia apelada señalando que los demandantes no acreditaron ninguna Resolución municipal por el que su predio este ubicado al final de la calle Landaeta y que se le hubieses asignado numeración oficial, tampoco existiría antecedente de planimetrías de la construcción existente, por lo que sería ilegal y el Gobierno Municipal habría acreditado a efectos de su demanda reconvencional de mejor derecho de propiedad, ha justificado que por mandato constitucional desde el Gobierno de 1907 los aires del rio son propiedad municipal
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Deducidos el recurso de apelación por los demandantes y remitida la misma ante la instancia
- II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Que en la Sentencia se manifestaría que se demostró su derecho propietario y también se
- Con relación al punto 4 y 5 del considerando V menciona que la ubicación exacta
- Con relación al punto 6 del considerando V, de la Sentencia, el art
- Que el Auto de Vista habría violado las siguientes disposiciones legales, art
- Por lo que Solicita al Tribunal Supremo de Justicia dicte Auto Supremo anulando obrados y
- III.1.- No es viable en casación impugnar lo fundamentado en Sentencia
- Seguidamente, las recurrentes en el punto II, denominado “casación en el fondo”, señalan que debido
- III.2.- De la Valoración de la Prueba
- El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Reclamos que atacan en lo principal los fundamentos expuestos en el Considerando V de la
- Al respecto corresponde señalar que del análisis de Auto de Vista recurrido, se tiene que
- Finalmente se tiene que acusan que el Auto de Vista habría violado las siguientes disposiciones
- Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran
