En este contexto, sostuvo que, el tribunal de apelación, no reconoció los agravios que le
En este contexto, sostuvo que, el tribunal de apelación, no reconoció los agravios que le infirió él a quo en la sentencia, confirmando los errores de hecho cometidos por el inferior, al respecto citó jurisprudencia contenida en los Autos Supremos (AASS) Nos. 249/2014 de 23 de julio y 293/2013 de 7 de junio
- Auto Supremo Nº 175/2016
- Expediente: SC-CA.SAII-CBBA.047/2016
- Distrito: Cochabamba
- En grado de apelación, interpuesta por ambos sujetos procesales de fs
- Que, contra el referido auto de vista, ambos sujetos procesales interpusieron recurso de casación
- I
- En este sentido adujo que, se reconoció un erróneo sueldo promedio indemnizable en la suma
- Que, se reconoció erradamente el pago de vacaciones, en la suma de Bs
- Sobre el pago de primas, reconocidas en el monto de Bs
- Que, el auto de vista que confirmó la sentencia, en la que se reconoció los
- En este contexto, sostuvo que, el tribunal de apelación, no reconoció los agravios que le
- Concluyó solicitando, se case la sentencia y el auto de vista recurrido, debiendo en la
- II
- En este sentido sostuvo que, se incurrió en error del sueldo promedio indemnizable, siendo el
- Por tal razón denunció la violación de los Decretos Supremos (DDSS) Nos
- Concluyó solicitando se confirme parcialmente el auto de vista recurrido, con la modificación del cálculo
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado los recursos, corresponde su análisis, de donde se establece
- Que, en ese marco legal, se concluye que el auto de vista impugnado, se ajusta
- Al respecto, analizado los antecedentes procesales, se evidencia que, la actora, a fin de justificar
- Que, en ese marco legal, se concluye que el auto de vista impugnado, se
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
