2) Alega que respecto a otros puntos que fueron motivo de apelación, el Tribunal de
2) Alega que respecto a otros puntos que fueron motivo de apelación, el Tribunal de alzada, niega la posibilidad de revisar la prueba, señalando que el Tribunal de mérito cumplió con las formalidades legales y que no existe incidentes; argumentos que había realizado el Ad quem, sin tomar en cuenta los precedentes que invocó, atentando el debido proceso, la presunción de inocencia y la seguridad jurídica, pues existiría sentencias constitucionales que establecerían que el Tribunal de alzada tiene facultad para ver si la prueba aportada es correcta, pudiendo modificar la sentencia; por lo que alega que el Auto de Vista confirmó la Sentencia sin ninguna motivación atentando el art. 124 del CPP
- De la revisión de antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- c) El 25 de febrero del 2016 (fs
- Del memorial de recurso de casación referido precedentemente, se extraen los siguientes motivos
- 2) Alega que respecto a otros puntos que fueron motivo de apelación, el Tribunal de
- En el “MAS OTROSI” de su recurso de casación, se ratifica en los precedentes invocados
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, el recurrente en el primer
- En el segundo motivo de casación, el recurrente incurre en el mismo error que en
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
