Ahora bien verificados los demás requisito de formalidad se tiene que, en cuanto al único
Ahora bien verificados los demás requisito de formalidad se tiene que, en cuanto al único agravio traído en casación, en el que se denuncia que el Tribunal de alzada en base a una defectuosa valoración probatorio llegó a una conclusión errada de que no se puede emitir sentencia condenatoria por el ilícito de complicidad en el delito de Fabricación de Sustancias Controladas cuando no se establece previamente la culpabilidad de autor, conclusión que a decir del recurrente vulnera lo previsto por el art. 180 de la CPE, en cuanto a la verdad material, el debido proceso y la igualdad de las partes ante la ley, invocando como precedentes contradictorios los Auto Supremos 114 de 27 de marzo de 2008, 104 de 31 de marzo de 2005, 206 de 16 de agosto de 2008, 289 de 30 de julio de 2002, 659 de “225” (sic) de octubre de 2004 y 241 de 17 de noviembre de 2008 y las Sentencias Constitucionales 1659/2004 y 1075/2005 y 1480/2005-R
- Parte Imputada: Hugo Melchor Molina Gonzales y otros
- I.ANTECEDENTES DEL PROCESO
- De la revisión de antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el representante del Ministerio Público, formuló recurso de apelación restringida
- c) El 12 de febrero de 2016, conforme se desprende de la diligencia de notificación
- Del memorial de recurso de casación referido precedentemente, se extrae el siguiente motivo
- Al respecto señala también que no se tomó en cuenta lo establecido por el Auto
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 12 de febrero de 2016, fue
- Ahora bien verificados los demás requisito de formalidad se tiene que, en cuanto al único
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
