De la revisión de antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
De la revisión de antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Por Sentencia 47/2014 de 07 de noviembre (fs. 925 a 928), el Tribunal Tercero de Sentencia de la Provincia Obispo Santiesteban del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Hugo Melchor Molina Gonzales, Marcelo Arandia Guayao, Israel Bani Roca, Alberto Álvarez Alba y Romer Cuellar Pérez, absueltos de culpa y pena del delito de Complicidad en el delito de Fabricación de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 76 con relación al 47 de la Ley 1008
- Parte Imputada: Hugo Melchor Molina Gonzales y otros
- I.ANTECEDENTES DEL PROCESO
- De la revisión de antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el representante del Ministerio Público, formuló recurso de apelación restringida
- c) El 12 de febrero de 2016, conforme se desprende de la diligencia de notificación
- Del memorial de recurso de casación referido precedentemente, se extrae el siguiente motivo
- Al respecto señala también que no se tomó en cuenta lo establecido por el Auto
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 12 de febrero de 2016, fue
- Ahora bien verificados los demás requisito de formalidad se tiene que, en cuanto al único
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
