Auto Supremo AS/0429/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0429/2016-RA

Fecha: 13-Jun-2016

Corresponde señalar que si bien el recurrente denuncia que hubo “vicios y defectos” en la


Corresponde señalar que si bien el recurrente denuncia que hubo “vicios y defectos” en la Sentencia, establecidos en el art. 370, incs. 4), 5) y 6) del CPP, que fueron denunciados en su recurso de apelación; sin embargo, tampoco cumple con los requisitos mínimos que permitan su admisibilidad, ni acudiendo a los supuestos de flexibilización; habida cuenta que, tal como se estimó precedentemente, no se demostraron los supuestos hechos generadores del agravio y omitió detallar en qué consistió la restricción o disminución de algún derecho, ni acreditó de qué forma dicha vulneración causaría defectos absolutos no susceptibles de convalidación y menos explicó el resultado dañoso emergente de dicho defecto; por lo tanto, el motivo resulta inadmisible