Auto Supremo AS/0429/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0429/2016-RA

Fecha: 13-Jun-2016

El art


En un subtítulo que refiere “precedente contradictorio para el presente caso”, hace alusión a que en su recurso de apelación restringida, señaló como precedentes contradictorios los Autos Supremos 102 de 1 de abril de 2005, 344 de 15 de julio de 2011, 271 de 12 de mayo de 2004 y 310 de 13 de junio de 2003.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP