Indica que (el Tribunal de alzada) habría manifestado que el Juez valoró correctamente las pruebas
c) El 1 de marzo de 2016 (fs. 229) fue notificado el recurrente con el referido Auto de Vista y el 8 del mismo mes y año, interpuso recurso de casación, el cuál es motivo de análisis de admisibilidad.
II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Argumenta que el Tribunal de apelación habría determinado que el apelante pretendió que se revalorice las pruebas testificales y documentales; pero, que lo que solicitó al Tribunal de alzada fue que revisen y vean la sentencia, si existe vicios y defectos que arguye, fundamentó como defectos establecidos en el art. 370 incs. 4), 5) y 6) del Código de Procedimiento Penal (CPP); y, que el recurrente nunca habría solicitado la revalorización de las pruebas.
Indica que (el Tribunal de alzada) habría manifestado que el Juez valoró correctamente las pruebas llegando a la conclusión que no son suficientes; pero, que el recurrente manifiesta que demostró con pruebas testificales y documentales de cargo que se encontraba en posesión de sus lotes y que fueron los acusados los que ingresaron a su lote
- Parte Imputada: Teodomiro Alcala Salvatierra y otros
- Por memorial presentado el 8 de marzo de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador Miguel Ángel Ríos, interpuso Recurso de Apelación Restringida
- Indica que (el Tribunal de alzada) habría manifestado que el Juez valoró correctamente las pruebas
- Indica que “asimismo llegan a la consideración que la Sentencia” dictada en su contra, está
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 1 de marzo de 2016, el
- Respecto a los demás requisitos, se observa que el recurrente realiza observaciones al Tribunal de
- Corresponde señalar que si bien el recurrente denuncia que hubo “vicios y defectos” en la
- En mérito a lo expuesto, y conforme lo señala el párrafo tercero del art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
