Auto Supremo AS/0578/2016-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0578/2016-RI

Fecha: 06-Jun-2016

I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO

Distrito: Santa Cruz

VISTOS: El recurso de casación de fs. 261 a 272 y vta., interpuesto por Iberto Pérez García y María Luisa Domínguez Rodríguez (co-demandados), contra el Auto de Vista Nº 12/2015 de fecha 30 de noviembre, que cursa de fs. 256 a 258 y vta., pronunciado por el Juez Séptimo de Partido de Familia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso de Reconocimiento de Unión Libre o de Hecho seguido por Alexsi Portugal Márquez en contra de Iberto Pérez García y María Luisa Domínguez Rodríguez, la contestación de fs. 275 a 276 y vta., el Auto de concesión de fs. 277 y el Auto de remisión de fs. 290, los antecedentes del proceso y;
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
En base a la demanda de Reconocimiento de Unión Libre o de Hecho de fs. 18 a 20, se inicia el proceso que, es contestada por escrito de fs. 182 a 183 y vta., desarrollándose el proceso hasta dictarse Sentencia Nº 16/2015 de fecha 22 de septiembre, cursante de fs. 224 a 228, que declara PROBADA la demanda de Reconocimiento de Unión Libre o de Hecho formulada por Alexsi Portugal Márquez la misma que se reconoce haberse iniciado el 28 de diciembre del 2013 y finaliza el 07 de marzo del 2015, con los efectos que señala el art. 159 del Código de Familia referente a las relaciones personales y patrimoniales y lo dispuesto por el art. 168 del mismo cuerpo legal, a los fines de efectos sucesorios. Se reconocen todos los bienes acciones y derechos sujetos a registros habidos en la unión libre o de hecho. Se ordena el levantamiento de todas las medidas precautorias ordenadas en el presente proceso