De conformidad a lo previsto en el art
Sin responsabilidad por ser excusable el error incurrido.
De conformidad a lo previsto en el art. 17.IV de la Ley del Órgano Judicial, remítase una copia de la presente resolución al Consejo de la Magistratura
De conformidad a lo previsto en el art. 17.IV de la Ley del Órgano Judicial, remítase una copia de la presente resolución al Consejo de la Magistratura
- Choque y otra
- Proceso: Reivindicación
- Distrito: La Paz
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- II.- CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Por lo que solicita se anule el auto de Vista y se disponga se emita
- III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Como se ha explicado en la doctrina de la presente resolución, si se trata de
- Correspondiendo dictar Resolución conforme determina el art. 220.III del Código Procesal Civil
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- De conformidad a lo previsto en el art
- Relator: Mgdo. Dr. Rómulo Calle Mamani.
