Auto Supremo AS/0630/2016-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0630/2016-RI

Fecha: 14-Jun-2016

Finalmente, el recurrente de forma por demás incongruente e imprecisa a la conclusión de su


Por otro lado, con referencia a que, la finalidad del recurso sería para que el superior en grado advertido de los defectos en la forma como en el fondo de la Sentencia los repare conforme a su sano criterio, aspecto que no se habría cumplido en el caso presente, es preciso señalar que, conforme al artículo 236 del Código de Procedimiento Civil (vigente a la interposición del recurso) el Auto de Vista se circunscribe a los puntos resueltos por el inferior que hubieren sido objeto de apelación y fundamentación, conforme al art. 227 del mismo cuerpo legal.

Finalmente, el recurrente de forma por demás incongruente e imprecisa a la conclusión de su recurso, hace mención “solicitando al tribunal de alzada que previa compulsa de la relación fáctica y legal de la resolución impugnada case totalmente la sentencia…”, siendo extraño lo referido, si se lo asimila como petitorio, lo que no corresponde en derecho, simplemente denota que el recurso fue interpuesto con total desconocimiento de las formalidades previstas por ley