II.2.- En consideración a los requisitos en análisis, corresponde hacer referencia al recurso interpuesto
II.2.- En consideración a los requisitos en análisis, corresponde hacer referencia al recurso interpuesto:
Que, Tribunal de Alzada habría señalado que no correspondería ingresar a deliberar sobre el fondo de la Resolución apelada por falta de fundamentación y expresión de agravios sufridos de su parte, cuando en los hechos se evidenciaría los presupuestos facticos y legales aludidas en el memorial de apelación referidas a las formalidades de la Sentencia como a la relación fáctica ocurrida en los hechos, lo cual sería atentatoria a sus intereses, y que vulnerarían sus derechos fundamentales constitucionales que son a la defensa y al debido proceso siendo que, el recurso de apelación es justamente para que el superior en grado advertido de los defectos en la forma como en el fondo de la Sentencia los repare conforme a su sano criterio, aspecto que no se habría cumplido en el caso presente
- Proceso: Sumario sobre cumplimiento de obligación
- Distrito: La Paz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- En consideración a los requisitos en análisis, corresponde hacer referencia al recurso interpuesto
- Con esos argumentos solicita, se case totalmente la Sentencia
- II
- La exigencia descrita precedentemente obedece, a la tesis de que el recurso de casación es
- Exigencia que tiene estrecha relación con la identificación de los recursos sea en el fondo
- III.- Análisis del recurso de casación
- Por ello, el recurrente debió explicar, desde el punto de vista causal, cómo esos
- En el marco de la inteligencia de la normativa legal citada, mal podría este Tribunal
- Lo anotado, demuestra la importancia que tiene el cumplimiento de los requisitos previstos en el
- Finalmente, el recurrente de forma por demás incongruente e imprecisa a la conclusión de su
- Por lo que se deduce que el recurrente no ha cumplido con el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
