Auto Supremo AS/0630/2016-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0630/2016-RI

Fecha: 14-Jun-2016

II.2.- En consideración a los requisitos en análisis, corresponde hacer referencia al recurso interpuesto


II.2.- En consideración a los requisitos en análisis, corresponde hacer referencia al recurso interpuesto:

Que, Tribunal de Alzada habría señalado que no correspondería ingresar a deliberar sobre el fondo de la Resolución apelada por falta de fundamentación y expresión de agravios sufridos de su parte, cuando en los hechos se evidenciaría los presupuestos facticos y legales aludidas en el memorial de apelación referidas a las formalidades de la Sentencia como a la relación fáctica ocurrida en los hechos, lo cual sería atentatoria a sus intereses, y que vulnerarían sus derechos fundamentales constitucionales que son a la defensa y al debido proceso siendo que, el recurso de apelación es justamente para que el superior en grado advertido de los defectos en la forma como en el fondo de la Sentencia los repare conforme a su sano criterio, aspecto que no se habría cumplido en el caso presente