Auto Supremo AS/0662/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0662/2016

Fecha: 15-Jun-2016

De estos antecedentes se tiene que, conforme a lo establecido en el art

De estos antecedentes se tiene que, conforme a lo establecido en el art. 257 del Código de Procedimiento Civil (aplicable al caso de Autos), la recurrente tenía el plazo de 8 días para interponer su recurso de casación, los cuales conforme a lo señalado en el art. 90.II del Código Procesal Civil, deben computarse únicamente días hábiles, en ese entendido, se tiene que el plazo para impugnar el Auto de Vista corría desde el miércoles 1 de julio y concluía el viernes 10 de julio, sin embargo, el recurso fue presentado el lunes 13 de julio, es decir el día 9, por lo que se infiere que el mismo fue presentado fuera del plazo establecido en la norma, por lo que el Tribunal de Alzada debió negar la concesión del recurso de casación, tal y como le faculta el art. 262 num. 1) del Código de Procedimiento Civil