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    Auto Supremo AS/0665/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0665/2016

    Fecha: 23-Jun-2016

    De conformidad al art

    De conformidad al art. 223.VIII del Código Procesal Civil, se impone multa a la compulsante y en favor del Tesoro Judicial, a ser gradúa en el equivalente a tres días de haber del Juez ante quien se tramita la causa conforme lo dispone el Reglamento de Multas Procesales del Órgano Judicial, cuyo monto mandará hacer efectivo el Juez A-quo
    • VISTOS: El Recurso de Compulsa de fojas 199 a 202 y vta
    • Dentro de ese contexto, la competencia del Tribunal que conoce la compulsa, ha de circunscribirse
    • CONSIDERANDO II: Que, del análisis de los antecedentes del cuadernillo de compulsa se puede evidenciar
    • En el caso que se analiza, la recurrente pretende la impugnación vía recurso de compulsa
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución
    • De conformidad al art
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase.

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