I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA S A L A C I V I L
Auto Supremo: 706/2016 Sucre: 27 de junio 2016 Expediente: SC-128-15-S Partes: Tomas Michel Guarayuco c/ Mateo Calani Cuizara
Proceso: Reivindicación y Otros Distrito: Santa Cruz
VISTOS: El recurso de Casación en el fondo y en la forma de fs. 187 a 189, interpuesto por Tomas Michel Guarayuco, contra el Auto de Vista Nº 103 de 23 de abril de 2015 cursante de fs. 177 a 179 y vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso de Reivindicacion y otros, seguido por Tomás Michel Guarayuco contra Mateo Calani Cuizara, respuesta de fs. 192 a 193; concesión de fs. 194 y:
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez Doceavo de Partido en lo Civil, dictó Sentencia de fecha 27 de noviembre de 2014 cursante de fs. 154 a 155 y vta., por el que declaró: PROBADA en parte la demanda principal de fojas 11 y vta., en lo que respecta a la reivindicación, desocupación y entrega de inmueble, e IMPROBADA en lo que corresponde al pago de daños y perjuicios. IMPROBADA en todas sus partes la demanda reconvencional planteada por Mateo Calani Cuizara. En consecuencia y como emergencia de ello, se cita y emplaza al demandado para que entregue desocupado el inmueble objeto de Litis a su propietario en el plazo de 30 días de ejecutoriada la presente Resolución, bajo prevenciones de librarse mandamiento de desapoderamiento
Auto Supremo: 706/2016 Sucre: 27 de junio 2016 Expediente: SC-128-15-S Partes: Tomas Michel Guarayuco c/ Mateo Calani Cuizara
Proceso: Reivindicación y Otros Distrito: Santa Cruz
VISTOS: El recurso de Casación en el fondo y en la forma de fs. 187 a 189, interpuesto por Tomas Michel Guarayuco, contra el Auto de Vista Nº 103 de 23 de abril de 2015 cursante de fs. 177 a 179 y vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso de Reivindicacion y otros, seguido por Tomás Michel Guarayuco contra Mateo Calani Cuizara, respuesta de fs. 192 a 193; concesión de fs. 194 y:
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez Doceavo de Partido en lo Civil, dictó Sentencia de fecha 27 de noviembre de 2014 cursante de fs. 154 a 155 y vta., por el que declaró: PROBADA en parte la demanda principal de fojas 11 y vta., en lo que respecta a la reivindicación, desocupación y entrega de inmueble, e IMPROBADA en lo que corresponde al pago de daños y perjuicios. IMPROBADA en todas sus partes la demanda reconvencional planteada por Mateo Calani Cuizara. En consecuencia y como emergencia de ello, se cita y emplaza al demandado para que entregue desocupado el inmueble objeto de Litis a su propietario en el plazo de 30 días de ejecutoriada la presente Resolución, bajo prevenciones de librarse mandamiento de desapoderamiento
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución contra la que se interpuso recurso de apelación por Mateo Calani Cuizara por memorial
- En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de
- II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- De la respuesta al recurso
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Lo referido en el párrafo anterior, no habilita el análisis de lo transcrito en el
- Por lo expuesto corresponderá emitir Resolución en sujeción a lo previsto por el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
