Del memorial de recurso de casación referido precedentemente, se extraen los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial de recurso de casación referido precedentemente, se extraen los siguientes motivos:
1) La recurrente denuncia que el Tribunal de apelación no consideró ni resolvió las denuncias y quejas, referidas a que: a) No fue legalmente notificada con el memorial de apelación, pues la misma se había realizado mediante cédula en otro lugar y otro domicilio procesal, en perjuicio de su derecho a la defensa; b) Que se le notificó media hora antes de la remisión del caso al Tribunal de alzada. Que de la misma manera el Tribunal de apelación le había notificado con la providencia que señala día y hora de audiencia de fundamentación complementaria, con menos de veinticuatro horas antes de que la misma se lleve a cabo, razón por la que no pudo asistir a la audiencia, hecho que le había causado indefensión absoluta y que había “vulnerado la inmediatez de concentración y el debido proceso” (sic), hecho que constituye defecto absoluto conforme lo dispuesto por el art. 169 inc. 3) del CPP, por vulnerar los arts. 115, 116, 117.I de la constitución Política del Estado (CPE), por incumplimiento de lo dispuesto por los arts. 160, 161, 164, 166 inc. 2) y 169 del CPP
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial de recurso de casación referido precedentemente, se extraen los siguientes motivos
- 2)Denuncia que el Tribunal de apelación concedió a la apelante más de lo solicitado, al
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, en el primer motivo de
- En el segundo motivo de casación, la recurrente de manera conjunta denunció pronunciamiento ultra petita
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
