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    Auto Supremo AS/0530/2016-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0530/2016-RA

    Fecha: 14-Jul-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 18 de mayo de 2016, cursante de fs
    • I.ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • c) Por diligencia de 12 de mayo del 2016 (fs
    • II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • Del memorial del recurso de casación referido precedentemente, se extraen los siguientes motivos
    • b) Argumenta que el Tribunal de alzada, a tiempo de resolver el agravio fundado en
    • c) En cuanto a su tercer agravio, fundado en la defectuosa valoración de la prueba,
    • d) Finalmente, el recurrente alega que el Auto de Vista impugnado declaró sin lugar su
    • II.REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
    • En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, en el primer motivo de
    • En el segundo y tercer motivo de casación en el que el recurrente denuncia
    • En el cuarto motivo de casación, en el que el recurrente nuevamente alega falta de
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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