Auto Supremo AS/0540/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0540/2016-RA

Fecha: 14-Jul-2016

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art


También de manera general sostiene que el Tribunal no se hubiese pronunciado sobre todos los puntos apelados, sin que haya procedido a su debida identificación, considerando que esta Sala través del citado Auto Supremo precisó que en las denuncias de defectos absolutos originados en la falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva, en las que hubiese incurrido el Tribunal de alzada al resolver la apelación restringida, la parte recurrente de casación, deberá: “i) precisar en su recurso que aspecto o aspectos de su recurso de apelación no mereció o merecieron debida fundamentación u omisión de respuesta; ii) identificar punto por punto los errores, omisiones y demás deficiencias, atribuidas a la resolución recurrida, con la debida motivación y fundamentación; y, iii) explicar la relevancia e incidencia de esa omisión, a los fines de que este Tribunal cuente con los elementos suficientes para verificar si efectivamente se produjo el agravio denunciado. Esto implica que si el recurrente, se limita a realizar meras denuncias genéricas, exponiendo argumentos generales, vagos y confusos o la mera expresión de disconformidad, se considerará que la denuncia sobre estos dos supuestos, resulta insuficiente y por lo tanto inadmisible para su consideración de fondo”.

Respecto al incidente de la amnistía, debe tenerse en cuenta que dicha problemática no está vinculada al contenido del Auto de Vista pronunciado en la presente causa, respecto al cual resulta procedente el recurso de casación conforme la normativa prevista por el art. 416 del CPP.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Claudio Andrés Stuart, cursante de fs. 290 a 292