-El CPT, en su art
-El CPT, en su art. 210, taxativamente refiere que el recurso de nulidad o casación deberá ser interpuesto contra un Auto de Vista en el plazo falta del ocho (8) días, disposición jurídica que no fue modificada o derogada por ninguna otra norma legal, debiendo tenerse por vigente, reiteramos en mérito a lo dispuesto en el art. 15.I de la LOJ
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Luz Marina Mamani de Mamani, fue notificada con el referido Auto de Vista, el día
- A lo manifestado se debe tener en cuenta que la Ley Nº 719 de 6
- En mérito a lo analizado y lo previsto en el art
- Coherente con lo manifestado, en el caso concreto, al amparo del principio de verdad material,
- -El CPT, en su art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
