CONSIDERANDO II: Que, de la revisión y compulsa del expediente del recurso de casación en
Que, en mérito del análisis precedente, aplicando lo establecido en el art. 277.I del Código Procesal Civil, corresponde en este estado del proceso, realizar el examen de admisibilidad, respecto al recurso de casación en el fondo de fs. 216 a 219 de obrados.
CONSIDERANDO II: Que, de la revisión y compulsa del expediente del recurso de casación en el fondo se concluye lo siguiente:
Que, del recurso interpuesto por la Fundación Universitaria Simón I Patiño, se evidencia que fue planteado y admitido en vigencia plena del nuevo Código Procesal Civil, por lo que, en cumplimiento a su Disposición Transitoria Sexta corresponde examinar el mismo a efectos de verificar si se cumplieron o no los requisitos previstos por ley
CONSIDERANDO II: Que, de la revisión y compulsa del expediente del recurso de casación en el fondo se concluye lo siguiente:
Que, del recurso interpuesto por la Fundación Universitaria Simón I Patiño, se evidencia que fue planteado y admitido en vigencia plena del nuevo Código Procesal Civil, por lo que, en cumplimiento a su Disposición Transitoria Sexta corresponde examinar el mismo a efectos de verificar si se cumplieron o no los requisitos previstos por ley
- Auto Supremo Nº 248/2016-I
- Distrito: Cochabamba
- Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- I
- Que, al presente, estando en plena vigencia el Código Procesal Civil, Ley Nº 439, de
- CONSIDERANDO II: Que, de la revisión y compulsa del expediente del recurso de casación en
- Al efecto se tiene que, conforme los datos traídos a este Tribunal Supremo, deducida la
- El citado fallo, fue notificado legalmente a la entidad recurrente el martes 31 de mayo
- En relación al plazo de presentación del recurso de casación, se debe acudir a la
- POR TANTO: La Sala Social Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal
- Se apercibe severamente al Tribunal de Alzada compuesto por los vocales signatarios del Auto de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
